¿Qué tipo de Contrato de Trabajo le puedo hacer?

Existen un total de 42 tipos de contratos de trabajo, pero se han simplificado mucho los modelos o formularios del contrato de trabajo, se han reducido a cuatro modalidades: indefinido, temporal, contrato en prácticas y contrato para la formación y el aprendizaje. El resto de “sub-tipos” de contratos de trabajo se encuadran dentro de estas cuatro modalidades, en las que se pueden añadir cláusulas condicionantes, adaptándose las condiciones del contrato a las necesidades de la empresa y a las características personales del trabajador.

Cada una de estas modalidades de contrato de trabajo puede ser a tiempo completo o tiempo parcial y además dependiendo, de las características del contrato y del trabajador, este contrato puede tener incentivos y/o bonificaciones. Hay que recordar que si se contrata a un trabajador a tiempo parcial ha de quedar registrado el horario diario que realiza.

Para poder acertar en qué tipo de contrato de trabajo puedo hacer a un nuevo trabajador se ha de tener en cuenta varios aspectos, tales como la edad del nuevo trabajador, fecha de fine de sus estudios, motivo por el cual se le contrata (si es para sustituir trabajadores con reserva de su plaza, circunstancias especiales de la producción de la empresa, para realizar una obra o servicio determinado o concreto, primer empleo joven, mayor de 52 años, etc..)

En este punto voy a definir las cuatro modalidades de contrato de trabajo.

  • El contrato indefinido es aquel en que no existe límite de tiempo de prestación de servicio, en cuanto a la duración del contrato, por lo que son los más adecuados para ofrecer estabilidad, compromiso y buenas condiciones laborales, así como son los más deseados por los trabajadores. De entre los muchos “sub-tipos” de contratos indefinidos podemos destacar el Contrato de Apoyo a los Emprendedores, que es aquel que se creó con la reforma laboral del 2012 para fomentar la creación de empleo por parte de autónomos, emprendedores y pymes. Con este tipo de contrato, y si tu empresa reúne los requisitos solicitados, tu empresa se puede beneficiar de una deducción fiscal de hasta 3.000.-€ para el primer trabajador contratado menor de 30 años.
  • El contrato temporal es el más adecuado cuando tu empresa ha de incorporar a un nuevo trabajador para un tiempo determinado o para una actividad muy concreta.
  • El contrato para la formación y el aprendizaje tiene como objetivo proporcionar la cualificación necesaria para el desempeño de una profesión. Está destinado a trabajadores menores de 25 años (o menores de 30 mientras que la tasa de desempleo sea superior al 15%)
  • El contrato en prácticas tiene como objetivo facilitar la práctica profesional de los trabajadores adecuada a su nivel de estudios. Los trabajadores deberán tener un grado universitario, técnico o técnico superior de formación profesional o equivalente, finalizada hace menos de 4 años (para discapacitados hace menos de 6 años).

En cualquier caso lo más recomendable es aconsejarse por un profesional del Derecho Laboral que valorará el contrato que mejor se ajuste a las circunstancias empresariales y personales del trabajador.

Para ello estamos a vuestra disposición en Porta Assessoria Jurídica,S.L.P.

OLGA FATJÓ CARRERO

Graduada Social

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