|
Texto Circular 16, gener 2011ÍNDEX:
NOVETATS FISCALS - TOTES LES SOCIETATS ANONIMES I LIMITADES DEIXARAN DE REBRE NOTIFICACIONS PER CORREU DE L'AGENCIA TRIBUTARIA I LES HAURAN DE CONSULTAR PER INTERNET. - Descarregar (català)
NOVEDADES FISCALES- TODA LAS SOCIEDADES ANONIMAS Y LIMITADAS DEJARA DE RECIBIR NOTIFICACIONES POR CORREO DE LA AGENCIA TRIBUTARIA Y LAS HABRÁN DE CONSULTAR POR INTERNET - Descargar(castellano)
La Agencia Tributaria ha informado en su página web que dejará de enviar por correo sus notificaciones. Lo que hará será ponerlas a disposición del contribuyente en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria y en el portal notificaciones.060.es para que éste acceda por Internet. Además, enviará un aviso informal al e-mail que el contribuyente desee comunicándole que tiene una notificación pendiente de leer. El contribuyente (o su apoderado) debe acceder a dichas notificaciones. En caso de no hacerlo en el plazo de 10 días naturales desde la puesta a disposición, el acto administrativo se considerará notificado.
El cambio afectará a todas las SA y SL, pero no solamente a ellas. Concretamente, el cambio afectará a: a) Todos los contribuyente cuyo NIF empiece por las letras A, B, N, W, U. También a algunos de los contribuyentes cuyo NIF empiece por V (Consultar artículo 4.1 del Real Decreto 1363/2010). b) También, independientemente de cuál sea la letra por al empiece su NIF, afecta a los contribuyentes inscritos en el Registro de Grandes Empresas o en el Registro de devolución mensual del IVA, a los que hayan optado por el régimen de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades o por el régimen especial de grupos de entidades del IVA y a los contribuyentes autorizados para presentar declaraciones aduaneras mediante el sistema Electronic Data Interchange (EDI). El cambio no afecta a las personas físicas, salvo que se encuentren en uno de los casos de letra b) anterior.
La Agencia Tributaria está notificando por correo y de manera individual a cada uno de estos contribuyentes que quedan incluidos en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH) - A partir del momento en que el contribuyente reciba esa notificación de que queda incluido en el sistema DEH, ya no se le enviarán más notificaciones por correo. Deberá consultarlas obligatoriamente por Internet. - Mientras no reciba dicha notificación, el contribuyente todavía no estará incluido en el sistema de DEH y seguirá recibiendo sus notificaciones por correo.
Una vez que el contribuyente reciba esa notificación de estar incluido en el sistema DEH, para poder ver las notificaciones, la AEAT advierte de los pasos a seguir para poder ver las notificaciones.
|



